SANTIAGO, Chile — Ha llamado la atención la entrevista publicada el pasado 21 de marzo por La Nación de Argentina al élder Alfredo Salas, setenta del Área Sudamérica Sur y director de Asuntos Públicos del Área, la cual tenía como fin exponer la postura de La Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días frente a la contingencia política y legislativa en Argentina que por hoy nuevamente abre paso a la posibilidad de despenalizar el aborto libre.
Aún cuando la mayor parte de la entrevista se basó en una férrea defensa a la vida del niño que está por nacer, basado en declaraciones oficiales de la Iglesia y las palabras de profetas y apóstoles, a muchos miembros de la Iglesia del área, sobre todo en Chile, les llamó la atención que no se mencionara las excepciones en las que la Iglesia no condena el aborto.
«Muchos consideran que ciertas circunstancias excepcionales podrían justificar un aborto» se lee en el periódico citando al élder Salas. «Por ejemplo, cuando el embarazo sea el resultado de incesto, violación, cuando esté en peligro la salud de la madre, según la opinión de autoridades médicas competentes o cuando dichas autoridades determinen que el feto tiene defectos graves que no le permitirán sobrevivir más allá del nacimiento. Según nuestra enseñanza, aun esas circunstancias no justifican que se provoque un aborto».
La declaración corresponde a la posición oficial divulgada por la Iglesia, pero está incompleta e información relevante no se menciona en ninguna parte de la entrevista.
Leer entrevista completa: «Mormones: ‘Una vez que ha ocurrido la concepción, la decisión ya se ha tomado'»
La razón porque la entrevista llamó tanto la atención entre los mormones en Chile es porque el debate sobre el llamado «aborto terapéutico» aún está fresco en el país luego de que el Congreso Nacional aprobara la despenalización del aborto en caso salud incompatible con la vida, riesgo de vida de la madre y violación.
De acuerdo a la información pública por la Sala de Prensa Mormona (tanto en la de Chile como en la de Argentina),»la Iglesia concede posibles excepciones a sus miembros» en las que el aborto no estaría sujeto a la disciplina de la Iglesia. Estas excepciones son tres:
- El embarazo es resultado de una violación o un incesto.
- Un médico competente determina que la vida o la salud de la madre está en serio peligro.
- Un médico competente determina que el feto tiene defectos graves que no permitirán al bebé sobrevivir después del nacimiento.
En la misma declaración se explica que «la Iglesia enseña a sus miembros que incluso estas raras excepciones no justifican el aborto en forma automática. El aborto es un asunto sumamente serio y debe considerarse solamente después de que las personas afectadas hayan consultado con sus líderes eclesiásticos locales y sientan mediante la oración personal que su decisión es correcta».
El Faro Mormón se puso en contacto con el élder Salas para aclarar el contenido de la entrevista y señaló que «no controlamos lo que los medios publican o la interpretación que ellos hacen de nuestras posiciones oficiales» y agregó que se debe comunicar estos «temas de tanta importancia con la seriedad y exactitud que lo ameritan».
La discusión en Chile, estuvo presente en los círculos mormones donde algunos celebraban la iniciativa del gobierno argumentando que las excepciones planteadas en el proyecto legislativo eran las mismas que planteaba la Iglesia, mientras que otros indicaban que el proyecto que ahora es ley era muy flexible y daría paso al aborto libre. La Iglesia no hizo ninguna declaración específica en ese momento más allá del material que ya publicado con anterioridad sobre el tema.
Al otro lado de la cordillera, la discusión es despenalizar el aborto libre y la Iglesia argentina sí realizó una declaración en una nota de prensa difundida el 7 de marzo pasado:
La Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días cree en la santidad de la vida humana. Por lo tanto, la Iglesia se opone al aborto electivo por motivos de conveniencia personal o social, y aconseja a sus miembros que no se sometan a un aborto, ni que lo lleven a cabo, ni que paguen ni hagan arreglos para que se realicen tales abortos.
En dicha declaración, la palabra «aborto» tiene el enlace que dirige al lector a detalle de la posición de la Iglesia donde se exponen las tres excepciones.
Actualmente, en Argentina el aborto solo en caso de violación no es punible.
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Yamil Inostroza
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